Acorde con los valores corporativos y con las declaraciones hechas en el presente Manual, IROTAMA S.A.S. define su Política para el Otorgamiento y Recepción de Regalos e Invitaciones en el ámbito de las relaciones comerciales y/o laborales, cuyo propósito es definir con claridad la postura de IROTAMA S.A.S. frente a las atenciones a los Empleados, Contratistas y terceros a través de regalos y/o invitaciones, que permita consolidar relaciones transparentes entre ellos. Al ser consciente de que dar y recibir regalos y/o invitaciones puede ser determinante para que los beneficiarios de éstos tomen decisiones influenciadas que puedan afectar los intereses de la Empresa e, incluso podrían representar un evento de soborno o corrupción, se establece como Principio General de esta Política el “no promover la práctica de dar o recibir regalos, obsequios o invitaciones a los Empleados, Contratistas y terceros, salvo que éstos se adecúen a las siguientes características:
- Que se trate de regalos corporativos, es decir, aquellos que se entregan para promocionar los servicios ofrecidos por quien lo otorga, como actividades de mercadeo.
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Que no se ofrezcan dentro de un contexto que evidentemente pueda influir en la decisión de quien lo recibe y a favor de quien lo otorga.
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Que corresponda a invitaciones que se hagan para promocionar o dar a conocer productos o servicios relacionados con la actividad comercial de la Empresa, la cual deberá contar con la aprobación escrita del superior jerárquico del Empleado junto con la debida justificación.
- Reconocimiento que IROTAMA S.A.S. entregue a sus colaboradores como agradecimiento por merito
- En consecuencia, se prohíbe expresamente dar o recibir regalos e invitaciones que no se enmarquen dentro de las citadas excepciones y, especialmente aquellos que:
- Estén materializados en viajes, hoteles, cruceros, espectáculos, eventos deportivos.
- Provengan de un funcionario público nacional o extranjero.
- Correspondan a dinero en efectivo, transferencias, bonos, descuentos en establecimientos de comercio para adquirir bienes o servicios, entre otros.
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En caso de duda sobre la posibilidad de dar o recibir un determinado regalo, o aceptar u ofrecer una invitación, se deberá consultar al Oficial de Cumplimiento.
- Remuneraciones y pago de comisiones a Empleados, Asociados y Contratistas.
Héctor M. Díaz H.
Presidente Ejecutivo y Representante Legal
Irotama S.A.S.
La Junta directiva de accionistas será el único órgano autorizado para aprobar contribuciones destinadas a financiar candidatos, campañas, partidos o movimientos políticos. Estas contribuciones se realizarán siguiendo lineamientos e ideologías de los accionistas, entendiendo que las mismas bajo ninguna circunstancia buscan la obtención de beneficios favor de intereses propios de la Empresa.
La decisión y aprobación de la contribución política constará en un acta, y será informada al Oficial de Cumplimiento.
Héctor M. Díaz H.
Presidente Ejecutivo y Representante Legal
Irotama S.A.S.
Las donaciones realizadas por IROTAMA S.A.S. deberán ser autorizadas por la Alta Dirección, previa verificación de las siguientes condiciones por parte del Oficial de Cumplimiento:
- Que se haya realizado la debida diligencia para el conocimiento real y exhaustivo de la entidad beneficiaria.
- Que se cuente con la solicitud formal de donación por parte de la entidad beneficiaria, salvo que la iniciativa de donar provenga directamente de la Alta Dirección.
IROTAMA S.A.S. seleccionará de manera preferente como beneficiario de las donaciones, a entidades sin ánimo de lucro que beneficien iniciativas relacionadas con los sectores más necesitados de la ciudad. Todas las donaciones realizadas quedan soportadas en el Certificado de donación, Actas de entrega o Acuerdos Corporativos.
Héctor M. Díaz H.
Presidente Ejecutivo y Representante Legal
Irotama S.A.S.
- IROTAMA S.A.S., sus directivos y administradores se comprometen a llevar a cabo sus negocios de manera ética, transparente y honesta, con el fin de prevenir los riesgos de corrupción y soborno transnacional (C/ST). Por lo tanto, cumplirán las normas colombianas aplicables en materia.
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IROTAMA S.A.S., sus directivos y administradores impulsarán internamente un abierto rechazo hacia cualquier conducta que implique corrupción o soborno transnacional (C/ST) o cualquier otra práctica corrupta, de conformidad con las normas y comportamientos básicos contenidos en documentos internos que se han dictado en materia.
- Las operaciones, actividades, negocios y contratos que adelante IROTAMA S.A.S., se ajustarán a las políticas y procedimientos aplicables a la prevención del riesgo de corrupción y soborno transnacional (C/ST).